Una nueva ley pionera sobre la responsabilidad internacional de las empresas

Columna "Ventana a Europa" del Embajador de la Unión Europea en México, Gautier Mignot, para el diario Excélsior.

El pasado 24 de mayo concluyó un procedimiento legislativo que inició hace poco más de dos años mediante el cual se adoptó definitivamente la directiva de la Unión Europea (UE) sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. El objetivo de esta normativa es fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable no sólo en las operaciones internacionales de las empresas, sino también en sus cadenas de valor mundiales.

La legislación europea en cuestión exige a las empresas velar por el respeto de los derechos humanos y cumplir las obligaciones medioambientales a lo largo de su cadena de actividades que van desde la producción de bienes o la prestación de servicios hasta la distribución posterior, el transporte o el almacenamiento de los productos. Con ello, se busca que las empresas y sus socios eviten, pongan fin o reduzcan los impactos negativos que sus acciones tienen sobre los derechos humanos y el medio ambiente dentro y fuera de Europa. Entre estas repercusiones figuran la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación y la destrucción del patrimonio cultural. De igual forma, las empresas deberán adoptar y poner en práctica un plan de transición climática en consonancia con el Acuerdo de París sobre cambio climático.

Concretamente, las empresas deberán adoptar esquemas y medidas para prevenir, mitigar, eliminar o minimizar los efectos adversos derivados de sus propias actividades, las de sus filiales y las de sus socios comerciales en su cadena de actividades. Cabe destacar que las empresas pueden ser consideradas responsables de los daños causados y tendrán que indemnizar íntegramente a las víctimas.

La aplicación de esta legislación será gradual a partir de 2027 en función del tamaño de las empresas: a partir de 2029 aplicará a todas las empresas y matrices con más de mil empleados y un volumen de negocios mundial superior a 450 millones de euros. Se calcula que esta directiva impactará a alrededor de 6 mil empresas en la UE y 900 empresas fuera de la UE (aquellas con un volumen de negocios neto de más de 450 millones de euros en la UE). Las empresas deberán adoptar e implantar un sistema basado en el riesgo para supervisar, prevenir o reparar los perjuicios a los derechos humanos o al medio ambiente identificados por la directiva. Las MIPYMES no están cubiertas por la normativa; sin embargo, se establecen medidas de apoyo y protección para las PYMES, que podrían verse indirectamente afectadas como socios comerciales en las cadenas de valor.

En cuanto a los Estados miembros de la UE, éstos deberán facilitar a las empresas información detallada en línea sobre sus obligaciones en materia de diligencia a través de portales prácticos. También crearán o designarán una autoridad de control encargada de investigar e imponer sanciones a las empresas que incumplan con la normativa, que incluyen la denuncia pública y multas de hasta 5% de su facturación mundial neta. Por su parte, la Comisión Europea creará la Red Europea de Autoridades de Control para apoyar la cooperación y permitir el intercambio de buenas prácticas. Los Estados miembros dispondrán de dos años para echar a andar los reglamentos y procedimientos administrativos necesarios para aplicar esta legislación.

Las nuevas normas brindarán un marco jurídico uniforme y garantizarán la igualdad de condiciones para las empresas, europeas o no, en todo el mercado único de la UE. Son otra ilustración más de la voluntad de la UE de minimizar los daños que puedan causar sus actividades de producción o de consumo, no solamente en Europa, sino también en el resto del mundo. Estoy convencido de que, como ha ocurrido con otras legislaciones europeas, ésta también se convertirá en referencia mundial en la materia.

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