El largo y complejo camino hacia un régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos

31/10/2020 - Blog del AR/VP - Desde el inicio de mi mandato he estado trabajando en el establecimiento de un nuevo régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos. Nos encontramos ahora en la fase final del proceso, que ha sido largo y complejo. Una vez que el Consejo adopte los instrumentos jurídicos pertinentes, el nuevo régimen nos permitirá actuar rápidamente contra los responsables de violaciones de los derechos humanos, independientemente de dónde se produzcan. Quisiera explicar en qué consiste este nuevo régimen y cómo funciona la maquinaria institucional de la UE.

«Una vez adoptado, el nuevo régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos nos permitirá actuar rápidamente contra los responsables de violaciones de los derechos humanos, independientemente de dónde se produzcan».

En diciembre de 2019, cuatro días después de asumir el cargo, asistí a la reunión conjunta de la Comisión de Asuntos Exteriores (AFET) del Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales para debatir las prioridades estratégicas en las que esperaba poder trabajar durante mi mandato. La reunión se celebraba en la misma sala en la que tuvo lugar mi audiencia como candidato a AR/VP.

Los diputados al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales formularon numerosas sugerencias sobre dónde y cómo podría la UE reforzar su política exterior. Recuerdo especialmente una pregunta de Rihards Kols, diputado letón, que me preguntó si estaba a favor de una «ley Magnitski europea». Respondí que, en general, estaba a favor de una acción firme de la UE en materia de derechos humanos, pero también hube de confesar que no entendía plenamente el alcance exacto de su pregunta.

El modelo de la «Ley Magnitski»

Para quienes la desconocen, la denominada «Ley Magnitski», cuyo nombre oficiales «Ley Serguéi Magnitski sobre la rendición de cuentas en el Estado de Derecho y por la que se deroga la enmienda Jackson-Vanik respecto de Rusia y Moldavia», es un proyecto de ley aprobado por el Congreso de los Estados Unidos con el respaldo de los dos grandes partidos y promulgado como ley por el presidente Barack Obama en diciembre de 2012. Su objetivo es imponer sanciones contra los funcionarios rusos responsables de la muerte del abogado tributario ruso Serguéi Magnitski, que se produjo en una prisión de Moscú en 2009.

«Me convenció la idea de un régimen general de sanciones para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos, en lugar de tener que ir caso por caso, como hacemos ahora.»

En cuanto estudié el tema más a fondo, me convenció la idea de un régimen general de sanciones para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos, en lugar de tener que ir caso por caso, como hacemos ahora. Pocos días después, en mi primer Consejo de Asuntos Exteriores, llegamos a un acuerdo político entre todos los Estados miembros para empezar a trabajar en un régimen de estas características, a raíz de una iniciativa de los Países Bajos. Concluí la rueda de prensa posterior afirmando que había «un amplio consenso para iniciar los trabajos preparatorios» y añadí que sería «un paso tangible para reafirmar el liderazgo mundial de la UE en materia de derechos humanos».

Un largo debate sobre la amplitud del nuevo régimen

En los meses siguientes los Estados miembros debatieron intensamente los parámetros y el ámbito de aplicación del nuevo régimen de sanciones: qué acciones abarcaría y qué sanciones podrían aplicarse. Una vez alcanzado un acuerdo político general, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y los servicios de la Comisión elaboraron los documentos jurídicos pertinentes para su aprobación por el Consejo, para que el nuevo régimen pudiera cobrar vida. En realidad, desde el punto de vista jurídico, es el Consejo el que tiene la última palabra en materia de sanciones, pero es muy importante contar con el apoyo político de la Comisión en esta materia. A este respecto, fue particularmente útil que la presidenta Von der Leyen hiciera referencia explícita al nuevo régimen de sanciones en su primer discurso sobre el estado de la Unión.

 

«Fue muy importante contar con el apoyo de la Comisión al nuevo régimen de sanciones y, en particular, que la presidenta Von der Leyen lo mencionara en su discurso sobre el estado de la Unión».

 

El proceso para su aprobación no ha sido ni sencillo ni rápido. Aunque el régimen era una prioridad política, también era importante no apresurar los debates, para garantizar que todos los participantes tuvieran una interpretación común y una percepción común de los objetivos y forjar así el consenso necesario. La UE se basa en procedimientos y normas institucionales acordados, que hemos de respetar, aunque requieran tiempo. Además, en este caso concreto, la Comisión y el Consejo tienen que llegar a un acuerdo sobre sus competencias respectivas en relación con la aplicación del régimen de sanciones con arreglo a los Tratados.

Un procedimiento muy complejo

Como muestra de la complejidad del procedimiento, actualmente se han presentado al Consejo para su aprobación dos propuestas: una Decisión del Consejo y un Reglamento del Consejo. La Decisión del Consejo, que yo mismo propuse en mi calidad de alto representante tras debatirla con los ministros de Asuntos Exteriores, establece la base política y jurídica del nuevo régimen. El Reglamento del Consejo es una propuesta conjunta del Alto Representante y la Comisión Europea que complementa la Decisión del Consejo para garantizar la aplicación uniforme de las sanciones en toda la UE.

El 19 de octubre, tras haber aprobado la Comisión la propuesta conjunta de Reglamento del Consejo, el paquete legislativo se remitió al Consejo para su debate y adopción por los Estados miembros. Estos deben decidir por unanimidad, por lo que todavía pueden introducirse cambios.

Es evidente, pues, que los procedimientos para la adopción son complejos, pero una vez adoptado ¿para qué servirá el régimen? ¿y por qué será diferente y mejor de lo que tenemos ahora?

Nos hemos inspirado en una tendencia mundial cada vez más extendida entre países afines de establecer regímenes similares al de la «Ley Global Magnitski» de los Estados Unidos (enlace externo). Pero aunque el objetivo general es muy similar, su ámbito de aplicación es diferente. El régimen europeo se centra únicamente en las violaciones graves de los derechos humanos, mientras que el estadounidense abarca también la lucha contra la corrupción.

«Con demasiada frecuencia, los violadores de los derechos humanos creen que pueden salir impunes. Así pues, el principal objetivo del nuevo régimen de sanciones es desbaratar sus cálculos.»

 

Con demasiada frecuencia, los violadores de los derechos humanos creen que pueden salir impunes. Así pues, el principal objetivo del nuevo régimen de sanciones es desbaratar los cálculos de quienes cometen estos crímenes.

Las sanciones actuales son específicas por país

Ahora mismo la UE se sirve de las sanciones como parte de un abanico más amplio de instrumentos para promover el respeto de los derechos humanos, amén del comercio, el diálogo, el apoyo financiero, etc. Imponemos sanciones financieras y prohibiciones de viaje, así como, en ocasiones, otras restricciones sectoriales, como por ejemplo a la venta de armas u otros equipos empleados para la represión interna. Pero las sanciones que imponemos son específicas para cada país. Los casos más notorios son Siria, Libia, Venezuela, Bielorrusia y Myanmar/Birmania.

 

«Necesitamos un régimen general que nos permita mayor flexibilidad y nos dispense de tener que establecer cada vez un marco jurídico específico para cada caso concreto».

 

Necesitamos un régimen general que nos permita mayor flexibilidad para actuar contra los violadores de los derechos humanos independientemente de dónde se encuentren y nos dispense de tener que establecer cada vez un marco jurídico específico para cada caso concreto. Con el nuevo régimen de sanciones podremos actuar con mayor rapidez y ser más eficientes.

Siguiente paso: la adopción por el Consejo

Como ya he mencionado, el siguiente paso del proceso corresponde a los Estados miembros, que tienen que adoptar el paquete legislativo por unanimidad en el Consejo. Espero que sea posible hacerlo en el Consejo de Asuntos Exteriores de diciembre. Para entonces habrá transcurrido un año desde la decisión inicial de los ministros de Asuntos Exteriores de trabajar en el establecimiento de este régimen, y sería una forma idónea de celebrar el 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, que conmemora la adopción en 1948 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas.